Blog de Extranjería e InversiónTodasLey de emprendedores: autorización de residencia para inversores

14 de septiembre de 2015

Autorización de residencia para inversores

 

La Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización regula la concesión de autorizaciones de residencia a extranjeros que realicen una inversión sustancial en España. Sin embargo, plantea ciertas dudas sobre los derechos que atribuye dicha autorización a sus titulares, dudas que deberán resolverse recurriendo a las normas generales sobre extranjería.

Posibilidad de trabajar

 

Una de las primeras cuestiones que se plantean es si la autorización de residencia para inversores autoriza a trabajar. Según lo establecido en la Disposición Adicional 4ª de la Ley  Las autorizaciones de residencia previstas en la presente norma se tramitarán conforme a lo dispuesto en la Directiva 2011/98/UE, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro.

En consecuencia, la respuesta debe ser afirmativa, en el sentido de que la autorización de residencia obtenida al amparo de una inversión en los términos de la Ley de Apoyo a los Emprendedores permite realizar actividad laboral, ya sea por cuenta propia o ajena.  Este derecho se extiende, además, a aquellas personas que hayan obtenido una autorización como familiar del inversor.

Residencia de larga duración

 

 

La segunda duda importante gira en torno a la posibilidad de que la autorización de residencia por inversión pueda convertirse, a la larga, en una autorización permanente. La respuesta es nuevamente que sí, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la legislación general de extranjería, es decir, que el extranjero haya residido efectivamente en España durante 5 años. Dicho de otro modo, no basta con ser titular de la autorización de residente como inversor o familiar de inversor sino que, además, es preciso que, durante el período de vigencia de la autorización, el extranjero haya vivido realmente en España.

Residencia para Inversores

Nacionalidad

 

Lo mismo cabe afirmar respecto de la posibilidad de adquirir la nacionalidad española por residencia: el titular de una autorización de residencia como inversor o familiar de inversor podrá adquirir la nacionalidad española siempre que haya residido de forma continuada en España durante la vigencia de la autorización.

Araceli Boltas Freixas

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