Blog de Extranjería e InversiónTodasCuestiones prácticas sobre el permiso de residencia para profesionales altamente cualificados (II)

4 de mayo de 2017

Tipología de empresa

La Sección de Movilidad de la Ley 14/2013, de Apoyo a los Emprendedores,se elaboró con la finalidad de internacionalizar la economía española, impulsar la presencia de empresas extranjeras y atraer talento e inversión extranjera a España. Para ello se han adoptado medidas tendentes a la eliminación de barreras al talento, el emprendimiento y la inversión en proyectos empresariales que inciden en la creación de empleo e incidan positivamente en un ámbito -económico o sectorial- de la economía española.

Entre estas medidas se encuentra la de facilitar la entrada y residencia en España a inversores, emprendedores, directivos y profesionales altamente cualificados (PAC) e investigadores que sean nacionales de países no pertenecientes a la UE, Suiza o EEE.

En particular, en relación con los profesionales altamente cualificados, la actual normativa simplifica los requisitos exigidos por en la legislación aplicable anterior, no se tiene en consideración la Situación Nacional de Empleo ni se interpreta de forma restrictiva el umbral salarial, como límites para la concesión de las autorizaciones.

La empresas interesadas en solicitar dichas autorizaciones deben encontrarse en  alguna de las siguientes situaciones: ser una gran empresa, ser una PYME de un sector estratégico o desarrollar un proyecto de interés general.

 

Grandes empresas

Se consideran grandes empresas las que reúnen algunos de los siguientes requisitos:

  • Contar con una plantilla superior a los 250 trabajadores
  • Volumen neto anual de negocios en España superior a 50 millones de euros o fondos propios superior a 43 millones de euros.
  • Inversión bruta media anual, procedente del exterior, no inferior a 1 millón de euros.
  • Valor del stock superior a 3 millones de euros

Este tipo de empresas pueden solicitar autorizaciones de residencia para directivos o profesionales altamente cualificados, sin sujeción a ninguna limitación, siempre que el trabajador reúna los requisitos legalmente establecidos.

 

PYMEs pertenecientes a un sector estratégico

Teniendo en cuenta la constante evolución de la economía y los modelos productivos en la actualidad, la valoración del carácter estratégico del sector al que pertenece la empresa se realiza caso por caso. Según el último informe anual sobre la aplicación de la Sección de Movilidad Internacional de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su internacionalización, las empresas para las que se emitieron informes favorables pertenecían a los sectores de agricultura, industria, construcción y servicios, siendo el de las TIC y los nuevos modelos de negocio, los que con más facilidad pueden ser considerados de carácter estratégico.

 

Empresas que desarrollan un proyecto de interés general

Cualquier empresa que, sin tener la calificación de gran empresa ni de PYME, puede solicitar este tipo de permisos, si va a desarrollar un proyecto de interés general. Para que un proyecto empresarial sea considerado de interés general, es preciso que reúna alguna de las siguientes condiciones:

  • Creación significativa de puestos de trabajo directos
  • Repercusión importante en el mantenimiento del empleo
  • Realización de una inversión con impacto socioeconómico relevante
  • Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
  • Que existan razones de interés general para la política comercial y de inversión.

 

¿Quién y cómo se valora si la empresa pertenece a un sector estratégico o si el proyecto que desarrolla es de interés general?

La Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones es el órgano competente para emitir informe sobre el cumplimiento de dichas condiciones. El informe se emitirá, a petición de la empresa interesada, con carácter previo a la solicitud de la autorización de residencia.

Para determinar si se cumplen las condiciones, la D.G. de Comercio Internacional e Inversiones valorará la información ofrecida por la Memoria descriptiva de la actividad de la empresa, la cual deberá hacer referencia a los proyectos que lleva a cabo y los que va a desarrollar en el futuro.

La redacción de la norma es muy genérica e indefinida, lo que hace difícil, en muchos casos, determinar a priori si la empresa puede considerarse perteneciente a un sector estratégico o si el proyecto ostenta la condición de “interés general”; por ello es de la mayor relevancia, que la memoria sea lo más detallada, específica e ilustrativa posible, a efectos de “convencer” al órgano encargado de emitir el informe.