Blog de Derecho InmobiliarioTodasCómo comprar una casa

10 de marzo de 2017

Británicos, rusos, franceses, noruegos, belgas, alemanes e italianos son quienes muestran actualmente más interés por comprar una casa en España, sobre todo en las áreas costeras, también los ciudadanos chinos, si bien prefieren adquirir pisos en las grandes ciudades como Barcelona y Madrid.

¿Cuáles son los trámites necesarios para comprar una casa en España?

Cualquier extranjero puede comprar un piso en España. Es necesario contar con  el Número de Identificación de Extranjeros (NIE) que puede solicitarse personalmente o a través de un representante autorizado mediante poder (un abogado por ejemplo) en las oficinas de extranjería de España o bien desde el extranjero a través del Consulado Español, debiendo acreditarse el motivo por el cual se solicita el NIE.

Una vez solicitado y obtenido el NIE pueden iniciarse los trámites de la compra. No es obligatorio poseer una cuenta bancaria en España, aunque si es altamente recomendable. Para el pago del precio de la vivienda, los gastos de formalización de la compra, los impuestos y los gastos de mantenimiento de la vivienda, tener una cuenta bancaria facilita el proceso.

Un extranjero no residente que compra un piso en España ¿qué impuestos paga en España?

En primer lugar debe pagar todos los impuestos(y gastos) derivados de la compra de la vivienda, que son, el Impuesto de Valor Añadido (IVA) en caso de vivienda nueva y que asciende al 10% del precio de compra o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en caso de sucesivas transmisiones (segunda mano) y que varía en cada Comunidad Autónoma, en el caso de Cataluña asciende al 10% del precio de compra.

Otros impuestos que hay que pagar son el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), impuesto de carácter local y anual, que fija cada Ayuntamiento, o la tasa de recogida de basuras.

El Impuesto sobre la Renta de No Residentes es un tributo estatal que grava la renta obtenida en territorio español por personas físicas no residentes de forma habitual en España. Se considera que una persona tiene su residencia habitual en España a efectos fiscales cuando permanezca en territorio español más de 183 días al año. En cuanto al importe a pagar por este concepto, si el inmueble está vacío y a disposición de su propietario deberá calcularse sobre el valor catastral del inmueble. Si el piso se ha alquilado se pagará un 24% de la renta anual obtenida.

¿Qué es el empadronamiento?

No es lo mismo el empadronamiento que el permiso de residencia. El padrón depende del Ayuntamiento y en él deben de estar de alta todas las personas que habitan en el municipio sean nacionales o extranjeras. El empadronamiento no da derecho por sí mismo a obtener un permiso de residencia.

Por último destacar que las entidades bancarias españolas pueden ofrecer financiación (hipotecas) a los compradores extranjeros, sin limitación legal al efecto.