Blog de Derecho InmobiliarioTodasCompra de vivienda sobre plano

14 de septiembre de 2018

No es infrecuente que los compradores de viviendas sobre plano se lleven una sorpresa desagradable al recibir su piso, porque las características y calidades no coinciden con las pactadas en el momento de la compra.

La información que contienen los contratos y las memorias de calidades es, en general, bastante imprecisa, pero suele acompañarse de folletos publicitarios, planos y simulaciones “virtuales” que muestran cómo serán las viviendas una vez terminadas. Los trípticos, vídeos publicitarios e imágenes digitales acostumbran a ser de gran calidad y realismo, influyendo de forma fundamental en la decisión de compra.

Por este motivo, diversas sentencias de Tribunales Superiores de Justicia, han considerado que la publicidad de las promotoras forma parte del contrato de compraventa de una vivienda, otorgando carácter vinculante a las características que se desprenden del material publicitario.

Derecho de reclamación al promotor

De esta forma, el nuevo propietario tiene derecho a reclamar al promotor por incumplimiento del contrato cuando las condiciones o materiales de la vivienda entregada no coinciden con las descritas o reflejadas en la publicidad.

Estas condiciones comprenden desde aspectos estructurales, decorativos, de acabado final, de orientación del inmueble, de vistas o existencia de zonas, instalaciones y servicios comunes.

Si te has llevado una sorpresa desagradable al entrar en tu nueva vivienda y te sientes engañado por la publicidad de la promotora, ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos personalmente. En VBB Abogados somos expertos en defectos de construcción y vicios ocultos. Defenderemos tus derechos.