Cuando un expatriado residente en Barcelona fallece dejando bienes en varios países, la sucesión no la rige automáticamente la ley del país de cada bien ni la ley de su nacionalidad: desde el 17 de agosto de 2015, el Reglamento (UE) n.º 650/2012 establece que la ley aplicable a toda la herencia es, como regla general, la del país de residencia habitual del fallecido en el momento de su muerte. Esto significa que un ciudadano alemán, británico o estadounidense que lleve años viviendo en Barcelona puede ver su herencia entera —incluidos los bienes que tenga en su país de origen— regulada por el derecho español y, en concreto, por el derecho catalán.
En Boltas Boyé Abogados asesoramos habitualmente a expatriados y a sus familias en la gestión de herencias con elemento internacional. Las preguntas que recibimos con más frecuencia son siempre las mismas: ¿qué ley se aplica a mi herencia?, ¿cuánto tendré que pagar de impuestos?, ¿debería hacer testamento en España? Esta guía responde a esas preguntas de forma clara y actualizada.
Información detallada
¿Qué ley rige la herencia de un expatriado residente en Barcelona?
La respuesta la da el Reglamento (UE) 650/2012, aplicable en todos los Estados miembros de la UE excepto Dinamarca e Irlanda. El criterio central es la residencia habitual del causante en el momento del fallecimiento, no su nacionalidad.
Esto supone un cambio de paradigma respecto al sistema anterior: la ley que rige la sucesión ya no es necesariamente la de la nacionalidad del fallecido, sino la del Estado donde tuviera su residencia habitual en el momento de su fallecimiento.
Para un expatriado que lleve varios años viviendo y trabajando en Barcelona, la consecuencia práctica es que:
- El derecho catalán (y subsidiariamente el español) regirá toda su sucesión
- Eso incluye los bienes situados en otros países de la UE
- Se aplicarán las legítimas del Código Civil de Cataluña, que fija una legítima de una cuarta parte de la herencia para los descendientes (art. 451-5 del Código Civil catalán)
- Los herederos no podrán ser excluidos libremente si son legitimarios, algo que sorprende a quienes vienen de sistemas como el anglosajón, donde el testador tiene plena libertad de disposición
El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia de 16 de julio de 2020 (C-80/19), precisó que la residencia habitual es la del lugar donde el causante tenía el centro permanente de sus intereses, valorando factores como la duración de la estancia, el trabajo, la familia y los lazos sociales. Una residencia de varios años en Barcelona, con vida laboral y social arraigada, apunta claramente a que España —y Cataluña— es la residencia habitual.
¿Qué ocurre si el expatriado tiene bienes también fuera de la UE?
El Reglamento 650/2012 solo vincula a los Estados miembros participantes. Si el causante tiene bienes en un país no comunitario (Reino Unido, Estados Unidos, Suiza, etc.), la ley aplicable a esos bienes la determina el derecho internacional privado de ese país, con independencia de lo que diga el Reglamento europeo. Esto puede generar situaciones de doble tramitación: un procedimiento sucesorio en España para los bienes españoles y otro en el país extranjero para los bienes allí situados.
En estos casos, la planificación previa mediante testamento es especialmente valiosa para reducir costes y conflictos.
¿Qué es la professio iuris y por qué es tan importante?
El art. 22 del Reglamento 650/2012 permite que cualquier persona elija expresamente la ley de su nacionalidad para regir su sucesión, en lugar de la ley del país de residencia. Esta elección se denomina professio iuris y debe constar en una disposición de última voluntad, normalmente el testamento.
Para recuperar el control sobre el destino de los bienes, el Reglamento permite realizar lo que técnicamente se conoce como professio iuris o elección de ley. Mediante una disposición de última voluntad, el testador puede declarar expresamente que la ley que debe regir su sucesión sea la de su nacionalidad.
Esta elección tiene consecuencias muy relevantes para los expatriados:
Si el causante elige la ley de su nacionalidad, se aplican las normas sucesorias de su país de origen (legítimas, libertad de testar, orden sucesorio, etc.). Un ciudadano británico podría así mantener la plena libertad de disposición que caracteriza al derecho anglosajón, evitando las legítimas catalanas.
Si no hace ninguna elección, se aplica automáticamente la ley de la residencia habitual, es decir, el derecho catalán, con todas sus implicaciones.
La professio iuris no afecta a los impuestos sucesorios: con independencia de qué ley material rija la herencia, el impuesto de sucesiones lo determina dónde vivía el causante y dónde están los bienes.
¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones en Cataluña?
El impuesto sobre sucesiones y donaciones en Cataluña está regulado por la Ley 19/2010, de 7 de junio, actualizada por el Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, y es gestionado por la Agència Tributària de Catalunya (ATC). La tarifa es progresiva, del 7% al 32% sobre la base liquidable, y es obligatorio para todos los herederos, legatarios y beneficiarios de seguros de vida vinculados a un fallecido residente en Cataluña.
Sin embargo, las bonificaciones reducen drásticamente lo que se paga en la mayoría de herencias familiares:
Bonificaciones por grupos de parentesco
| Grupo | Quiénes son | Bonificación principal |
|---|---|---|
| Grupo I | Descendientes menores de 21 años | Reducción elevada + bonificación alta |
| Grupo II | Cónyuge, descendientes ≥ 21 años, ascendientes | 99 % para cónyuge / 95 % para hijos y padres |
| Grupo III | Hermanos, sobrinos, tíos | Sin bonificación general |
| Grupo IV | Resto de parientes y no parientes | Sin bonificación; tributación plena |
La bonificación fija del 99 % se aplica al cónyuge o pareja estable, lo que significa que solo se paga el 1 % de la cuota tributaria. Para hijos y padres, la bonificación del 95 % convierte Cataluña en una de las comunidades autónomas más favorables de España para las transmisiones familiares directas.
¿Qué pasa si los herederos viven en el extranjero?
Si el fallecido residía habitualmente en Cataluña, tributas en Cataluña por todos sus bienes, estuvieran donde estuvieran. Si había bienes en el extranjero ya sujetos a un impuesto similar en ese país, se aplica el mecanismo de doble imposición internacional para no pagar dos veces.
Los herederos no residentes en España deben presentar la autoliquidación ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), en la Delegación de Madrid, pero tienen derecho a aplicar la normativa de Cataluña —más favorable— siempre que el causante residiera en esta comunidad.
Plazo de presentación
El plazo para presentar el impuesto de sucesiones en Cataluña es de 6 meses desde la defunción. Se puede solicitar una prórroga de hasta 6 meses adicionales con intereses de demora, pero la solicitud debe hacerse dentro de los primeros cinco meses.
No presentar el impuesto dentro del plazo legal puede tener graves consecuencias: recargos del 5 % al 20 % sobre la cantidad no ingresada según el retraso, sanciones por infracción tributaria que pueden llegar hasta el 150 % de la cuota defraudada, e intereses de demora que se acumulan desde la fecha límite de pago.
¿Conviene hacer testamento en España siendo expatriado?
La respuesta es, en casi todos los casos, sí. Hacer testamento en España no impide tener también testamento en el país de origen; de hecho, la planificación más sólida para un expatriado con bienes en varios países suele incluir testamentos coordinados en cada jurisdicción.
Las razones por las que un testamento español es especialmente útil:
Evitar la sucesión intestada: si el expatriado fallece sin testamento, la herencia se rige por las normas de sucesión intestada del derecho catalán. El orden y las cuotas de los herederos pueden diferir sustancialmente de lo que el fallecido habría querido o de lo que prevé la ley de su país de origen.
Ejercer la professio iuris: como se ha explicado, la elección de la ley de la nacionalidad solo puede hacerse en testamento. Sin testamento, no hay elección y se aplica automáticamente el derecho catalán.
Designar albacea y administrador: el testamento permite nombrar a la persona de confianza que gestionará la herencia, lo que es especialmente valioso cuando los herederos viven en el extranjero.
Evitar conflictos entre herederos: una voluntad expresada claramente en testamento reduce considerablemente el riesgo de disputas entre herederos situados en distintos países.
Designar a quién corresponde la vivienda habitual: en Barcelona, donde los inmuebles tienen un valor elevado, la atribución específica de la vivienda puede evitar situaciones de copropiedad conflictiva entre herederos.
El testamento notarial en España: cómo funciona
El testamento más habitual en España es el testamento abierto ante notario. El testador comparece personalmente, declara su voluntad en presencia del notario y este la recoge en escritura pública. No hace falta ningún testigo. El testamento queda inscrito automáticamente en el Registro General de Actos de Última Voluntad, lo que garantiza que pueda localizarse cuando sea necesario.
Para los expatriados, el proceso es sencillo: basta con disponer de NIE o pasaporte en vigor. El notario puede redactar el testamento en español y en el idioma del testador si es necesario, o el testador puede comparecer con intérprete.
El Certificado Sucesorio Europeo: qué es y para qué sirve
El Reglamento 650/2012 creó el Certificado Sucesorio Europeo (CSE), un documento que acredita la condición de heredero, legatario, ejecutor testamentario o administrador de la herencia y que tiene valor en todos los Estados miembros participantes.
El Certificado Sucesorio Europeo es un documento estandarizado que facilita la administración y la gestión de una sucesión transfronteriza en la Unión Europea. Su objetivo principal es simplificar y agilizar el proceso de prueba de la calidad de heredero o legatario, así como la administración de la herencia en diferentes Estados miembros de la UE.
Para los expatriados con bienes en varios países de la UE, el CSE es una herramienta muy práctica: evita tener que obtener documentos equivalentes en cada país y es reconocido automáticamente por bancos, registros de la propiedad y autoridades de todos los Estados miembros.
En España, el CSE lo expide el notario que tramita la sucesión.
Cómo se tramita una herencia internacional en Barcelona paso a paso
Paso 1 — Localizar el testamento
El primer paso es verificar si el causante otorgó testamento en España consultando el Registro General de Actos de Última Voluntad (Ministerio de Justicia). Si el causante tenía testamento en otro país, habrá que localizarlo a través de los registros o autoridades correspondientes.
Paso 2 — Determinar la ley aplicable y la competencia
Con la asesoría de un abogado especializado en derecho internacional privado, se determina qué ley rige la sucesión (residencia habitual o, si hay professio iuris, la ley de la nacionalidad) y qué autoridad es competente para tramitarla.
Paso 3 — Inventariar los bienes
Se elabora un inventario completo de los bienes del causante: inmuebles en España y en el extranjero, cuentas bancarias, inversiones, vehículos, participaciones sociales. Cada tipo de bien puede requerir gestiones específicas en su país de ubicación.
Paso 4 — Tramitar la herencia ante notario
En España, la herencia se formaliza habitualmente ante notario mediante escritura de aceptación y adjudicación de herencia. Los herederos comparecen —en persona o mediante poder notarial— y aceptan la herencia y adjudican los bienes.
Si los herederos residen en el extranjero, pueden otorgar un poder notarial apostillado para que un representante en España tramite todo el proceso en su nombre.
Paso 5 — Liquidar el impuesto de sucesiones
Dentro del plazo de seis meses desde el fallecimiento (prorrogable), los herederos deben presentar la autoliquidación del impuesto de sucesiones ante la ATC o la AEAT según su residencia, acompañada de toda la documentación.
Paso 6 — Inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad
Una vez liquidado el impuesto, los inmuebles situados en España se inscriben a nombre de los nuevos titulares en el Registro de la Propiedad. Sin este paso, los herederos no pueden vender, hipotecar ni transmitir los bienes.
Preguntas frecuentes sobre herencias internacionales en Barcelona
¿Qué ocurre si el fallecido era ciudadano del Reino Unido residente en Barcelona? Tras el Brexit, el Reino Unido no participa en el Reglamento 650/2012. Para los bienes en España, se aplica el derecho español (y catalán si el causante residía en Cataluña). Para los bienes en el Reino Unido, se aplican las normas británicas de derecho internacional privado. Habitualmente será necesario tramitar procedimientos sucesorios en ambas jurisdicciones.
¿Puede un heredero residente en el extranjero renunciar a una herencia española? Sí. La renuncia puede hacerse ante notario en España o ante cónsul español en el país de residencia del heredero. Es una decisión que conviene analizar bien cuando la herencia incluye deudas o inmuebles con cargas.
¿Cómo tributan los herederos no residentes en España? Los herederos no residentes tributan en España por obligación real, es decir, solo por los bienes situados en territorio español. Tienen derecho a aplicar la normativa autonómica de Cataluña si el causante residía en esta comunidad, con las mismas bonificaciones que los residentes.
¿Es posible hacer un único testamento para todos los bienes, estén donde estén? En teoría sí, si se ejerce la professio iuris y se elige una ley que permita regular toda la sucesión. En la práctica, cuando hay bienes en países no comunitarios, suele ser necesario un procedimiento sucesorio en cada jurisdicción. En esos casos, disponer de testamentos coordinados en cada país ahorra tiempo y costes.
¿Qué plazo de prescripción tiene la ATC para reclamar el impuesto de sucesiones? El plazo de prescripción es de cuatro años desde la finalización del plazo voluntario de presentación, es decir, desde los seis meses posteriores al fallecimiento. Pasado ese tiempo sin notificación de la ATC, el derecho a liquidar prescribe.
¿Puede la herencia incluir un piso en Barcelona con hipoteca? Sí. Los herederos adquieren el inmueble con sus cargas, incluida la hipoteca. Pueden aceptar la herencia, negociar con el banco la subrogación o cancelación del préstamo, o renunciar si las cargas superan el valor del bien.
Conclusión
Las herencias internacionales son uno de los ámbitos del derecho donde más se agradece la planificación previa. Un expatriado residente en Barcelona que fallece sin testamento y sin haber elegido la ley aplicable deja a sus herederos ante un proceso complejo, costoso y, en muchos casos, incierto.
Las claves para una sucesión internacional bien resuelta son tres: tener testamento otorgado en España, haber ejercido la professio iuris si se quiere aplicar la ley de la nacionalidad, y conocer las bonificaciones del impuesto de sucesiones de Cataluña —que pueden reducir la carga fiscal a una fracción mínima— antes de que sea demasiado tarde para planificar.
Desde Boltas Boyé Abogados asesoramos a expatriados y a sus familias en todas las fases del proceso sucesorio internacional: desde la redacción del testamento hasta la tramitación completa de la herencia, la liquidación del impuesto y la inscripción registral de los inmuebles. Si tienes bienes en varios países o tus herederos residen fuera de España, contacta con nuestro equipo para una consulta inicial.
Aviso legal: Este artículo tiene carácter informativo general y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Para situaciones concretas, se recomienda consultar con un abogado especializado en derecho internacional privado y sucesorio.

