Blog de Extranjería e InversiónTodasCuestiones prácticas sobre el permiso de residencia para inversores (III): extranjeros con actividad empresarial

13 de enero de 2017

La Ley de Apoyo a los Emprendedores regula la concesión del visado y el permiso de residencia a aquéllos extranjeros que deseen desarrollar en España una actividad empresarial, de carácter innovador y que tenga un interés económico para España.

¿En qué casos solicitar el visado y en cuáles el permiso de residencia?

Es aconsejable solicitar el visado cuando el emprendedor está fuera de España y debe viajar para realizar los trámites necesarios para poner en marcha la actividad. El permiso se solicita cuando el emprendedor ya está legalmente en España, para desarrollar el proyecto.

 

¿Dónde se presenta la solicitud?

  • El visado de emprendedor se solicita en el Consulado de España en el país de residencia.
  • El permiso para emprendedores, en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).

 

¿Cómo se valora si el proyecto tiene interés económico para España?

El primer paso es elaborar un plan de negocio que deberá contemplar, como mínimo las siguientes cuestiones:

  1. En relación con el proyecto:
  • Actividad empresarial que se pretende desarrollar
  • Fecha de inicio
  • Localización (zona geográfica en que se va a desarrollar la actividad)
  • Forma jurídica de la empresa
  • Impacto económico que supone la inversión
  • Número, descripción y cualificación de los puestos de trabajo que se crearán como resultado de la inversión
  • Promoción y estrategia de venta (publicidad y marketing)
  1. Fundadores y socios
  • Para los socios solicitantes de la autorización: descripción de su implicación en el proyecto y su situación financiera.
  • Para el resto de socios de la empresa: datos personales y perfil profesional y académico
  1. Producto/servicio
  • Descripción del servicio o producto
  • Aspectos innovadores
  1. Análisis de mercado
  • Valoración del mercado y evolución esperada
  • Descripción de la competencia
  • Descripción de consumidores potenciales
  • Análisis de oferta y demanda
  1. Financiación
  • Inversión requerida
  • Proveedores
  • Herramientas de financiación: subvenciones, créditos, etc.

Es importante destacar que no se exige un importe mínimo de inversión ni de creación de puestos de trabajo, ya que la valoración se realiza individualmente, caso por caso, teniendo en cuenta la viabilidad del plan y los beneficios que la actividad pueda generar para la economía española.

¿Quién realiza la valoración del proyecto?

  • Si lo que se va a solicitar es el visado, el informe favorable debe realizarlo la Oficina Económica y Comercial del ámbito de demarcación geográfica donde resida el emprendedor y debe obtenerse previamente a la petición de visado.
  • Si lo que se quiere tramitar es el permiso de residencia, no es necesario obtener antes el informe favorable, sino que el plan de negocio se presenta, junto con la solicitud del permiso, a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, la cual pedirá, de oficio,el informe de valoración a la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.

 

¿Cuáles son las ventajas?

El visado y el permiso de residencia permiten vivir y trabajar en todo el territorio nacional tanto al inversor como a sus familiares.

 


 

Araceli Boltas

VBB ABOGADOS